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En este apartado de INFOFORUM encontrarás un gran abanico de ayudas, becas y subvenciones destinadas a la gente joven.
A principios del próximo año informaremos de las ayudas públicas para el año 2004, tanto de la Dirección General de Juventud del Gobierno de la Rioja, como de otras instituciones y fundaciones. |
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PLAN DE AYUDAS A LA VIVIENDA - GOBIERNO DE LA RIOJA |
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El Gobierno de la Rioja ha puesto a disposición de los jóvenes menores de 35 años un plan de ayuda para comprar, alquilar o rehabilitar una vivienda. Unbuenplan.org es la página donde encontrarás todos los datos relativos a esta nueva ayuda. |
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Ámbito de aplicación |
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1. La promoción para cesión en arrendamiento, venta o uso propio de viviendas de nueva construcción sujetas a regímenes de protección pública, así como la adquisición de dichas viviendas.
2. La promoción de viviendas bioclimáticas protegidas.
3. La adquisición de viviendas existentes, cuando se trate de una segunda o posterior transmisión, o viviendas libre de nuevas cuando haya transcurrido al menos 2 años desde la finalización de las obras.
4. La rehabilitación de edificios y viviendas
5. La urbanización de suelo residencial |
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Objetivos |
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1. Facilitar a las familias con ingresos más bajos el primer acceso a la vivienda en propiedad.
2. Apoyar a los jóvenes para acceder a la primera vivienda y mejorar las ayudas a las familias numerosas permitiendo su acceso a viviendas protegidas de hasta 120 m2 de superficie útil, colaborando de ese modo con la política de fomento de la natalidad conforme al Plan de Apoyo a la familia impulsado por el Gobierno Central.
3. Impulsar las actuaciones de rehabilitación especialmente dentro de los cascos históricos y de las zonas rurales.
4. Aumentar la oferta y potenciar el acceso a la vivienda en alquiler protegida, tanto nueva, como rehabilitada, como medida que posibilite la movilidad laboral. |
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Tipos de ayudas |
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1. Préstamo cualificado.
2. Subsidiación de las cuotas del préstamo cualificado.
3. Subsidiación completa de los intereses durante el primer año para jóvenes en primer acceso.
4. Ayuda estatal directa a la entrada en sus modalidades básica y especial.
5. Subvenciones a fondo perdido |
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Definición de colectivos |
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1. Jóvenes cuando la edad del destinatario no sea superior a 35 años en el momento de solicitar las ayudas.
2. Familias numerosas entendiendo como tales las de tres o más hijos, las que teniendo dos al menos uno de ellos sea minusválido o incapacitado para el trabajo, así como las familias monoparentales con dos o más hijos
3. Familias monoparentales constituidas por un único cabeza de familia en situación de viudedad, soltería, separación o divorcio.
4. Familias en riesgo social o personas en situación de riesgo o exclusión social, siempre que se acredite esta situación a través del correspondiente informe del Sistema Público de Servicios Sociales.
5. Personas con discapacidad, siempre que se acredite esta condición mediante certificado emitido por el entro Base de Reconocimiento de Minusvalías dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja.
6. Personas mayores de 65 años |
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Definición de primer acceso de vivienda en propiedad |
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Podrán acogerse al sistema de financiación cualificada para el primer acceso a la vivienda en propiedad los adquirentes, adjudicatarios y promotores individuales para uno propio, cuando sus ingresos familiares ponderados no excedan de 4,5 veces el salario mínimo interprofesional, o de 3,5 veces para acogerse a las ayudas autonómicas, y siempre que no tenga o hayan tenido vivienda en propiedad, o que teniéndola, ésta posea un valor inferior al determinado por la legislación. |
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Limitación de las viviendas protegidas |
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1. Las viviendas protegidas se destinarán, obtenga o no financiación cualificada, a personas cuyos ingresos familiares ponderados no excedan de 5,5 veces el salario mínimo interprofesional para las viviendas de protección oficial, ni de 2,5 veces para las viviendas de protección oficial de régimen especial.
2. Las viviendas adquiridas, rehabilitadas o promovidas para uso propio se destinarán a residencia habitual y permanente, y no podrán ser objeto de transmisión por título alguno, durante el plazo de 10 años desde la formación del préstamo cualificado.
3. las viviendas sujetas a regímenes de protección pública no podrán ser objeto de descalificación voluntaria a petición de los propietarios hasta transcurridos 15 años contados desde la calificación definitiva de las mismas.
4. El precio de venta o renta de metro cuadrado útil no excederá de los límites establecidos en la legislación para cada una de las actuaciones protegidas.
5. Las viviendas protegidas, sin perjuicio de lo establecido en la legislación para las actuaciones de rehabilitación, no podrán exceder de 90 m2 útiles, ni de 120 m2 útiles cuando se trate de familias numerosas. |
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Características de los préstamos cualificados |
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1. Los préstamos cualificados serán concedidos por aquellas entidades financieras que hayan suscrito el correspondiente convenio con el Ministerio de Fomento.
2. La cuantía máxima de los préstamos cualificados abarcará el 80% del precio que figure en la escritura de compraventa.
3. El préstamo tendrá un plazo de amortización de 20 años, y el tipo de interés efectivo anual será acordado por el Consejo de Ministros durante el primer trimestre de cada año.
4. Las cuotas a pagar a la entidad de crédito serán constantes a lo largo de la vida del préstamo, dentro de cada uno de los períodos de amortización a los que corresponda un mismo tipo de interés. |
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MÁS INFORMACIÓN EN LA PÁGINA |
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PROGRAMA DE ACCIÓN COMUNITARIO "JUVENTUD" |
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"Juventud" es un programa creado por la Unión Europea para facilitar acciones de intercambio y voluntariado entre la Comunidad Europea como en terceros países. El programa, especialmente diseñado para jóvenes entre 15 y 25 años, ofrece ayudas a proyectos que fomenten el espíritu emprendedor y la creatividad.
El organismo responsable de la gestión de este innovador programa es el INJUVE , que colabora con las Comunidades Autónomas y el Consejo de la Juventud de España. |
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Finalidades |
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- La implicación activa de los jóvenes en la construcción europea.
- El desarrollo de aptitudes y conocimientos.
- La integración de los jóvenes en la sociedad de forma que
propicie una ciudadanía responsable.
- La igualdad de oportunidades. |
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Objetivos |
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- Fomentar la contribución activa de la juventud a la construcción
europea.
- Incrementar la comprensión de la diversidad cultural de Europa y
los valores comunes fundamentales. Promover el respeto de los
derechos humanos y la lucha contra el racismo, el antisemitismo
y la xenofobia.
- Reforzar el sentido de la solidaridad dentro de la Comunidad y con
terceros países.
- Potenciar el espíritu emprendedor, de iniciativa y creatividad de
los jóvenes que facilite su integración activa en la sociedad.
- Intensificar la cooperación en el ámbito de la juventud. |
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¿Quiénes pueden participar? |
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Todos los jóvenes entre 15 y 25 años y quienes trabajan en el ámbito de juventud que residan legalmente en un Estado de la Unión Europea o país participante.
Tienen preferencia los con algún tipo de dificultad, ya sea cultural, mental, económica o geográfica. |
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ACCIONES. El programa se desarrolla en 5 acciones |
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Acción 1. LA JUVENTUD CON EUROPA: Referida a intercambios nacionales de grupos de jóvenes, tanto con los países de la Unión como con terceros países.
Acción 2. SERVICIO VOLUNTARIADO EUROPEO: Creado para para integrar a los jóvenes en actividades relacionadas con necesidades sociales. Los campos son muy variados: social, cultural, medioambiental, tiempo libre, tecnológico...
Acción 3. INICIATIVAS JUVENILES: Da la oportunidad a los jóvenes de desarrollar sus ideas siendo los gestores e impulsores de sus propios proyectos.
Acciones 4 y 5: ACCIONES CONJUNTAS Y MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO: Con estas dos acciones se pretende favorecer la creación de un espacio europeo para la ciudadanía, el conocimiento y el empleo. Su principal objetivo es fomentar el contacto y la interacción entre participantes en el programa Juventud y en los programas de formación profesional y educación. |
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MÁS INFORMACIÓN EN |
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Injuve. Agencia Nacional Española. c/ Ortega y Gasset, 71. 28006 Madrid
JCE Tel: 91 363 76 83/ 77 40
e-mail: eurespa1@mtas.es
SVE Tel: 91 363 76 65
e-mail: sve@mtas.es
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Para mayor información y asesoramiento sobre la tramitación de solicitudes, se puede dirigir a la Agencia Nacional Española y a los servicios de juventud de las Comunidades Autónomas.
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